Organización Internacional del Trabajo
La (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944. La OIT tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es la Conferencia Internacional, que se reúne anualmente en junio. Su órgano de administración es el Consejo de Administración que se reúne cuatrimestralmente. El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, y se reúne tres veces al año en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT y establece el programa y presupuesto que posteriormente son presentados a la Conferencia para su aprobación. También elige al Director General. En 2003 fue reelegido para el cargo el chileno Juan Somavía. La sede central se encuentra en Ginebra (Suiza). En 1969 la OIT recibió el Premio Nobel de la Paz. Está integrado por 183 estados nacionales (2010).
Órganos
Conferencia Internacional
La Conferencia Internacional del Trabajo es el órgano superior de la OIT. Se reúne anualmente, en junio, en Ginebra. Está integrada por cuatro delegados por cada país miembro, dos de ellos elegidos por el gobierno, y los otros dos propuestos por las organizaciones de trabajadores y empleadores respectivamente. De este modo, la mitad de los integrantes de la Conferencia representan a los gobiernos, en tanto que una cuarta parte integra el bloque de trabajadores, y la otra cuarta parte integra el bloque de empleadores.- libertad sindical y de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva;
- la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;
- la abolición efectiva del trabajo infantil,
- la eliminación de la discriminación en el empleo y la ocupación.
- denisse gomez mejia
Comisión de Expertos
La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) es un organismo permanente asesor de la Conferencia Internacional, integrado por juristas especialistas en Derecho Internacional del Trabajo.Cada año la Comisión de Expertos debe presentar su informe a la Conferencia, con la opinión que le merece cada situación y las recomendaciones que propone en cada caso. Las opiniones de la Comisión de Expertos han adquirido gran importancia jurídica para la interpretación de las normas internacionales y se encuentran recopiladas como jurisprudencia en cada convenio, en la base de datos ILOLEX.
denisse gomez mejia
Consejo de Administración:
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Comité de Libertad Sindical:
El Comité de Libertad Sindical (CLS) es un importante organismo que depende del Consejo de Administración, integrado por nueve de sus miembros, pertenecientes por partes iguales a los tres bloques. Su función es intervenir en las quejas relacionadas con la libertad sindical, derivadas de las potenciales violaciones a los Convenios Internacionales Nº 87 y 98 y aquellos que resultan complementarios.La importancia del CLS radica en el alto perfil político de sus miembros, y en la facultad que tiene para producir recomendaciones críticas a los gobiernos, cuando determina que la libertad sindical ha sido afectada.
TAMBIEN NACIONALMENTE APOYAN EL TRABAJO:
Confederación Nacional del Trabajo
La Confederación Nacional del Trabajo (CNT) es una unión confederal de sindicatos autónomos de ideología anarcosindicalista de España que está adherida a la organización de carácter mundial Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT). Se la conoce por este motivo también con el nombre de CNT-AIT. Es una organización que ha desempeñado un papel muy significativo dentro de los movimientos sociales relacionados con el anarquismo.
Fundada en 1910 en Barcelona a partir de grupos organizados en torno al sindicato Solidaridad Obrera, recogió el testigo del espíritu del movimiento anarquista español que se traza desde la creación de la Federación de Trabajadores de la Región Española, organización que sucedió a la sección española de la Primera Internacional.
Con un significativo legado histórico y cultural, la CNT continúa hoy participando en el movimiento obrero español basándose en los principios de la autogestión, el federalismo y la ayuda mutua.
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú
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El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del Perú es el órgano del Estado Peruano para la rama de empleo y tiene sede en Lima, Perú. Su actual ministro es Rudecindo Vega Carreazo.Reseña histórica
Si bien venía operando desde 1901 en otros Ministerios como una oficina, recién el 30 de abril de 1949 se crea mediante Decreto Ley N°11009 bajo el nombre de Ministerio de Trabajo y Asuntos Indígenas. Luego mediante otra Ley, el nombre de esta Cartera pasa a Ministerio de Trabajo y Comunidades en 1966. Finalmente en el 2001 adquiere su actual nombre.Misión del ministerio:
Es la institución rectora de la administración del Trabajo y la Promoción del Empleo, con capacidades desarrolladas para liderar la implementación de políticas y programas de generación y mejora del empleo, contribuir al desarrollo de las micro y pequeñas empresas, fomentar la previsión social, promover la formación profesional; así como velar por el cumplimiento de las Normas Legales y la mejora de las condiciones laborales, en un contexto de diálogo y concertación entre los actores sociales y el Estado. denisse gomez mejia
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